De interés para jubilados y pensionistas.

Regionales.14/03/2025
jubilados

A partir de enero de este año entró en vigencia  el decreto de aumento de la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC) a $ 6.576. Esta unidad de referencia se utiliza para calcular las prestaciones del Banco de Previsión Social (BPS), entre ellas las pensiones, que están fijadas actualmente en 3,05 BPC, equivalente a $20.057.
Para marzo, la entidad pública dio la posibilidad de cobrar los beneficios el 28 de febrero por el carnaval, pero hay tiempo de cobrar los haberes mensuales hasta el día 24 dependiendo del número de cédula. El turno al que le corresponde asistir para efectuar el cobro deberá ser consultado en la agencia elegida.

Pensiones por sobrevivencia: $20.057
Se excluyen los pensionistas que integren hogares cuyos ingresos promedio por todo concepto superen tres BPC y los pensionistas menores de 65 años.
Pensión vejez e invalidez: $17.528
Cuando haya ingresos (por actividad, otra pasividad, etc.) superiores a estos importes, se descontarán de la pensión en el porcentaje que corresponda en cada caso. Por más información vea Pensión por invalidez y Pensión por vejez.

Pensiones en marzo 2025

Pensiones graciables: $26.304
Únicamente a las concedidas antes del 29/11/1988 y este mínimo no puede ser revaluado en los futuros aumentos.

Pensión por sobrevivencia (generada por fallecimiento o desaparición con fecha hasta el 31/7/2023 – Regímenes jubilatorios anteriores):Límite ingresos de la viuda/concubina para generar derechos directos: $272.564
Límite ingresos del viudo/concubino para generar derechos directos: $16.616
Límite de ingresos del viudo/concubino acreditando convivencia: $73.138
Límite ingresos del viudo/concubino acreditando dependencia económica: $156.724
Pensión por sobrevivencia (generada por fallecimiento o desaparición a partir del 1/8/2023 – Sistema Previsional Común):Límite ingresos de personas viudas para generar derechos directos: $17.734
Límite ingresos del viudo/concubino acreditando interdependencia económica: $190.003
Límite ingresos de la viuda/concubina acreditando interdependencia económica: $272.338


Límite ingresos de padres para considerar carencia: $17.528
Pensión por violencia doméstica (Ley n.º 18.850): $16.616
Pensión a las víctimas de delitos violentos (Ley n.º 19.039): $39.456

Jubilaciones: $20.057
Se excluyen: jubilados no residentes en el país y jubilados con acumulación de servicios por convenios internacionales o Ley n.º 17.819 cuyas pasividades estén integradas con menos del 50 % de servicios de afiliación BPS.

Mínimo general jubilatorio y pensionario: $4.184
De aplicación en pasividades no beneficiarias de los mínimos anteriores, en pasividades múltiples se aplica sobre la suma de todas.

Subsidio por expensas funerarias y gastos complementariosSubsidio por expensas funerarias: $42.197
Traslado del cuerpo fuera del departamento a cementerio público: $21.099
Sala velatoria: $7.836
Prima por edad: $4.183
Para los jubilados por los regímenes anteriores al de Acto Institucional n.º 9, de 22/10/1979, que cuenten con 70 años de edad.

Prima por edad (Ley n.º 18.095): $4.183
Para los jubilados por el régimen del Acto Institucional n.º 9, de 22/10/1979 y posteriores, mayores de 70 años de edad, que sus ingresos y el promedio de ingresos de su hogar no superen 3,70 BPC.

Suplemento solidario Valor base: $16.788 (lleva deducciones de ingresos previsionales)
Tope no deducible de ingresos no previsionales para mayores de 65 años: $71.949

Requisitos para acceder al programa Soluciones Habitacionales para jubilados  y pensionistas.

El Banco de Previsión Social (BPS) ofrece un beneficio exclusivo para jubilados y pensionistas para cubrir los costos de alquiler a través de su programa Soluciones Habitacionales. Los beneficiarios pueden inscribirse para que se les adjudiquen viviendas, “en calidad de comodato”.
El subsidio cubre el costo completo del alquiler en base a los valores de la zona, facilitando el acceso a viviendas adecuadas. Quienes apliquen, podrán elegir entre seleccionar una vivienda en la localidad de su preferencia, y a la vez los propietarios podrán registrar sus inmuebles para ser incluidos en el programa.

Requisitos para acceder al programa Soluciones Habitacionales
Ser jubilado o pensionista por sobrevivencia de BPS en forma vitalicia
Residir permanente en el país
Contar con ingresos nominales inferiores a 12 UR ($21.796,08)
Este programa no aplica para quienes sean propietarios, copropietarios, usufructuarios, titulares de derecho de uso y habitación, promitentes compradores o titulares de otros programas de vivienda públicos o privados.
Cómo anotarse para recibir el subsidio del BPS
Este trámite solo puede realizarse de manera presencial, y los jubilados y pensionistas deberán presentar:

Cédula de identidad vigente y en buen estado.
Recibos de otras cajas (en caso de corresponder).
En el caso de que el solicitante desee vivir con alguna persona, deberá concurrir además con cédula de identidad y recibo de ingresos de estas.

Para quienes residen en el interior del país, BPS ofrece un buscador para averiguar el local donde realizar el trámite en cada departamento.

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